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| Los autónomos con profesiones peligrosas podrán jubilarse anticipadamente. (Foto: nando ruiz) |
Aprobado el Estatuto del Autónomo que afecta a 3 millones de personas
Última actualización 02/10/2006@00:00:00 GMT+1
Más de tres millones de españoles se verán afectados por el anteproyecto de ley sobre el Estatuto del Trabajo Autónomo aprobado el viernes en el Consejo de Ministros. La ley, permitirá a los autónomos acogerse a las normas de conciliación de vida laboral y familiar.
Entre otros aspectos destacables, el Estatuto reconoce el derecho a la jubilación anticipada a todos aquellos que desarrollen actividades de naturaleza tóxica, peligrosa o penosa, en los mismos supuestos y condiciones establecidas para los trabajadores por cuenta ajena.
También regula el régimen profesional del trabajador autónomo dependiente, cuyos ingresos dependen en al menos un 75% de un único cliente. Estos trabajadores tendrán una protección específica. Así, podrán disfrutar de 15 días de vacaciones al año y una indemnización, en caso de que su contrato de trabajo sea rescindido injustificadamente. Además, podrán pactar sus condiciones laborales con acuerdos de interés profesional, suscritos entre las asociaciones de autónomos, sindicatos y empresas, siempre que no atenten contra la Ley de Defensa de la Competencia.
Derecho a paro
Otra de las novedades de este Estatuto es que el Gobierno se compromete a poner en marcha en un futuro un sistema específico de protección por cese de actividad para los autónomos. La intención del Ejecutivo es elaborar una serie de estudios y encuestas entre el colectivo para conocer sus preferencias, pues se trataría, en todo caso, de un sistema financiado por los propios autónomos, obligatorio, universal y con un tipo de cotización específico.
La norma establece también garantías económicas para el trabajador autónomo en los casos de obras subcontratadas.
Por otra parte, incluye medidas para conseguir la convergencia entre el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y el General de la Seguridad Social. Pretende extender la protección social por incapacidad temporal, cobertura por accidente o enfermedad profesional a los autónomos económicamente dependientes.
Además, se reconoce la posibilidad de establecer reducciones o bonificaciones en las bases de cotización o en cuotas de la Seguridad Social a determinados colectivos, como hijos de autónomos menores de 30 años que comiencen a trabajar en el negocio familiar, y a autónomos que se dediquen a la venta ambulante o a domicilio.
Ahora, esta norma se remitirá al Consejo Económico y Social (CES), al Consejo de Estado y al Consejo General del Poder Judicial (CPGJ) para sus dictámenes correspondientes. Luego, vuelve al Consejo de Ministros, donde será aprobada ya como proyecto de ley, iniciando su trámite parlamentario. El Ejecutivo prevé que entre en vigor en la primavera de 2007.
El anteproyecto ha recibido el apoyo de la organizaciones de autónomos ATA y UPTA, que han negociado el texto, así como de Asnepa, que, no obstante, ha reclamado “mejoras sustanciosas” en la ley cuando ésta se tramite en las Cortes. Por su parte, la CEAT, organización perteneciente a la CEOE, se ha mostrado en desacuerdo con el borrador final, al considerarlo contrario a sus planteamientos asociativos.