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Número 2418 18 de abril 2012    21 de mayo de 2012
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Última actualización 10/04/2008@19:37:24 GMT+1
ADHESIÓN, CONTRATO DE: Contrato en el que una de las partes fijará las cláusulas y condiciones para que éstas sean aceptadas por la otra parte, sin que ésta discuta o manifieste su parecer sobre su contenido.

APORTACIÓN: Participación económica, por parte del partícipe, a un plan de pensiones con el fin de capitalizar dicha cantidad y obtener su prestación cuando se dé la situación contemplada en el contrato.

APORTACIÓN DEFINIDA, PLAN DE: Aquel plan de pensiones en el que se establece a priori el importe de la aportación económica que determinará, después, junto con su futuro rendimiento, la prestación.

BENEFICIARIO: Persona que recibe y se beneficia de la prestación, habiendo realizado o no las aportaciones económicas al plan de pensiones.

COBERTURA: Sinónimo de garantía. Compromiso de la entidad promotora de un plan de pensiones a hacerse cargo de las prestaciones incluidas en el contrato ajustándose a las condiciones establecidas para la determinación del importe correspondiente a las mismas.

CONTINGENCIA: Ocurrencia del suceso previsto en el plan de pensiones como objeto de prestación económica.

DERECHOS CONSOLIDADOS: Aquellos derechos económicos derivados de las prestaciones, directas o imputadas, y del régimen de capitalización elegido.

ENTIDAD DEPOSITARIA: Aquella entidad que tiene como función la custodia y depósito de los valores mobiliarios y demás activos financieros integrados en el fondo correspondiente.

ENTIDAD GESTORA: La entidad que administra los fondos de un plan de pensiones a través de su fondo de pensiones.

FONDO ABIERTO: Aquel fondo de pensiones que incorpora el patrimonio de varios planes de pensiones.

FONDO CERRADO: Aquel fondo de pensiones constituido por un único plan.

FONDO DE PENSIONES: Patrimonio constituido por todas las aportaciones de los planes de pensiones que se entrega a las entidades gestora y depositaria con el fin de hacerle producir rendimientos para cubrir en un futuro las prestaciones convenidas.

MARGEN DE SOLVENCIA: Patrimonio constituido en base a capitales no comprometidos, indicado para cubrir aquellas situaciones imprevistas.

PARTÍCIPE : Nombre que recibe la persona que realiza las aportaciones económicas a un plan de pensiones.

PLAN DE PENSIONES: Sistema de previsión voluntario por el cual los miembros que lo componen tienen derecho, en las condiciones e importes establecidos, a percibir rentas y/o capitales por jubilación, viudedad, orfandad o invalidez a cambio de las aportaciones económicas que realicen con antelación.

PLAN DE PENSIONES DE EMPLEO: El promotor, es cualquier Entidad, Corporación, Sociedad, Empresa. Los partícipes son los empleados de los mismos. El Promotor, únicamente podrá serlo de uno.

PLAN DE PENSIONES INDIVIDUAL: El promotor es cualquier Entidad de carácter Financiero.

PRESTACIÓN: Obligaciones adquiridas por el partícipe o beneficiario, a cambio de sus aportaciones anteriores, cuando ocurra la contingencia prevista (jubilación, viudedad, orfandad o invalidez).

PRIMA: Precio del seguro, contraprestación económica que ha de satisfacer el asegurado para ser atendido en caso de siniestro por el asegurador.

PROMOTOR: Cualquier entidad, corporación, empresa o asociación que inste la creación de un plan de pensiones.

REASEGURADOR: Entidad aseguradora que da o acepta una cobertura de reaseguro.

RENTA VITALICIA: Es la que recibirá el partícipe y/o beneficiario mientras éste conserve la vida, cuando tenga lugar el hecho que le dé derecho a la prestación.

RESERVAS PATRIMONIALES: Patrimonio adicional para garantizar la viabilidad del plan.

SISTEMA ASOCIADO: Sistema de financiación de un plan de pensiones cuyos partícipes pertenecen a un mismo colectivo pero sin tener la condición de asalariados.

SISTEMA DE EMPLEO: Sistema utilizado por las entidades empresariales para financiar, con las aportaciones de las mismas y las de sus empleados, las prestaciones de jubilación, invalidez, viudedad y orfandad de los mismos, cuando se dé tal contingencia.

SISTEMA DE REPARTO: Sistema empleado por la Seguridad Social, para financiar sus coberturas (jubilación, invalidez, viudedad, etcétera) basado en el principio de solidaridad intergeneracional; es decir, la generación de cotizantes cubre el desembolso necesario para otorgar las prestaciones.

VALOR ACTUAL: Cálculo financiero utilizado para calcular, en un momento dado, el importe de un capital o renta que puede generarse en un futuro.

VALOR ACTUAL ACTUARIAL: Cálculo del valor actual de un capital o renta que se generará en un futuro, pero, no sólo financieramente, sino teniendo en cuenta la probabilidad de fallecimiento y supervivencia del individuo generador de la misma.
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    2194 | marisol - 04/09/2008 @ 20:02:26 (GMT+1)
    Hola esta pedre su negocio me interesa MUCHO este negocio FELICIDADES
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